03-Octubre-2023
NOVEDAD IMPORTANTE
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17 años han pasado desde la muerte de Pablo por HOMICIDIO CON DOLO EVENTUAL.
No por homicidio culposo, como mal lo calificara el Juez
de instrucción Nº 3, Secretaría Nº 2, de Puerto Iguazú, Misiones a cargo del Juez
de instrucción Dr. José Pablo Rivero.-
El dueño del hotel Antonio Lemes y quien lo arrendó Ricardo Omar Ayala,
fueron sobreseídos sin juicio alguno y con abundante prueba en contra, a la sombra
del corrupto Fiscal Néstor Monzón (este funcionario debió renunciar, entre
otras ilicitudes, por falsificar la firma de un Juez).
Entonces estos sujetos, al ser sobreseídos sin juicio alguno no son inocentes, simplemente
pesa sobre ellos una decisión sin ninguna garantía procesal ni judicial que los
exculpe. Esa garantía es simplemente y como debió ser, un juicio.-
Por entonces solamente el Fiscal podía impulsar o no la acción penal, ya que Misiones
es un feudo donde las garantías constitucionales básicas no se cumplían, y no existía
la figura del particular damnificado o querellante. Así es que el mencionado
fiscal con la misma prueba con que acusó, luego solicitó el sobreseimiento.
Muchos recursos hemos presentado en distintas instancias, hasta llegar a
Ajustados a la sentencia y metafóricamente expresándolo, Pablo no murió, simple,
sencillo, todo estuvo bien en el hotel, nadie es responsable, el control de las
instalaciones ha de ser por generación espontánea, el culpable es un etéreo. Efectivamente
esto ocurrió, no hay culpables.
Por ello recurrimos a la a Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Este organismo estaría pronto a obligar a
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