Finalmente se aplicó la GRAVE SANCIÓN AL PARROQUIAL SAN JUSTO

El Instituto Parroquial San Justo, ¿ya les contó la grave sanción que recibió? Si no fuera así, aquí tienen la información categórica, concluyente, inapelable y definitiva  del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Hasta hace poco tiempo seguían sosteniendo a la comunidad que habían hecho todo bien. La sanción es muy grave, pues le aplicaron la suspensión de la subvención (sueldos estatales que recibe del 100 %) durante los meses de marzo y abril del corriente año. Si tenés alguna duda, podés consultar la resolución 3780/10 en la  Dirección General de Cultura y Educación del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

Quedó claro que quiénes nos tildaron de mentirosos eran los que mentían, sencillamente para no perder el jugoso negocio que tienen entre manos. Es tan grave lo que hicieron que aún siendo una escuela religiosa no pudieron salvarse de la sanción. Todos sabemos el enorme poder que tiene la Iglesia Católica para interferir en los poderes del Estado.

Nos permitimos resaltar algunas palabras o frases, pues este cuadernillo contiene mucha información técnica de difícil lectura.

Asimismo, tienen ustedes en este boletín la resolución 3781 por la cual se sanciona al Inspector de la DIPREGEP , Daniel Hugo Bornetto, quien también hizo su tarea en forma negligente.

Sería prudente exigir que el Instituto cuente la verdad de una vez por todas, del mismo modo que hicieron reuniones para mentir.

Por último, sería digno que le pidan perdón a los familiares de Pablo, porque al irreparable dolor por semejante pérdida agregaron más dolor todavía, lo cual está absolutamente reñido con la conducta que debemos observar en los hombres de bien.

De todos modos y, más allá de esto y de las condenas legales por venir, quienes creemos en Dios, sabemos que él ya sabe la verdad de lo ocurrido.

Para finalizar, los hombres que tomaron tan malas decisiones que llevaron a Pablo a la muerte nunca más podrán dormir en paz, pues pesa en ellos una grave responsabilidad.

 

Se adjuntan las correspondientes resoluciones Nº 3780 y Nº 3781.   

         

Por vos, por Pablo, por todos.